PREGUNTAS FRECUENTES
SISTEMA DE GESTION Y AUTOLIQUIDACION DE EMPRESAS TIUNA
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1.- AFILIACIÓN DE EMPRESAS

1.1- Es obligatorio para las nuevas empresas inscribirse ante el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales

Si, toda nueva empresa debe inscribirse ante el IVSS ya que representa un deber formal establecido en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza en la Ley del Seguro Social que todo empleador debe cumplir. Para hacer su inscripción debe registrarse a través del Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA?

1.2.- Quiénes deben estar afiliados al IVSS?

Empresas Privadas
Los Organismos públicos y entes del Estado.

1.3.- Es obligatorio que todas las empresas que se encuentran inscritas ante el I.V.S.S a través de los Sistemas tradicionales SIRA o SANE, se registren en el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA?

Si, se recomienda que todas las empresas que se encuentran inscritas bajo la modalidad de empresas tradicional SIRA ó SANE, procedan a registrarse en el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA, debido a los múltiples beneficios que este nuevo sistema ofrece al empleador.
Dentro de estos beneficios se encuentran:

Automatización de la relación Empleador - Seguro Social, de forma rápida y segura a través del Portal que el I.V.S.S pone a su disposición en la Web.

Disminución de tiempos de respuesta.

Obtención de información inmediata acerca de su empresa de estados de cuenta y listado de trabajadores activos.

Realización de trámites en línea como: control de nómina de trabajadores mediante ingresos y egresos, cambios de salarios y cargas familiares.

Actualización de datos de los trabajadores.

Disminución de errores en los procesos.

Reducción de trámites a través de las Oficinas Administrativas.

Generación de constancias de ingreso y egreso sustituyendo las formas 14-02 y 14-03. Estas se generan una vez procesado el movimiento.

Creación de usuarios adicionales, para sus empleados o encargados de la Administración del Sistema.


2.- REGISTRO

2.1- Cuál es el procedimiento de solicitud para el registro de empresas en el Sistema de Gestión y Autoliquidación TIUNA?

Deberá ingresar a www.ivss.gob.ve, situarse en el ícono de REGISTRO TIUNA, y realizar los siguientes pasos:

1. Crear una solicitud de registro para establecer un canal de comunicación directo entre Empresa - I.V.S.S (cuenta de correo electrónico).

2. Recibirá un correo electrónico donde se suministra el Número de Solicitud y Número de Confirmación para que pueda completar cuidadosamente cada uno de los campos restantes. Una vez finalizado este proceso, el Sistema le dará la opción de imprimir la Constancia de Solicitud de Registro.

3. Debe llevar la Constancia de Solicitud impresa a la Oficina Administrativa correspondiente a su jurisdicción, de acuerdo a la terminación de su número de RIF (ver días). Adicionalmente debe consignar ciertos requisitos, los cuales serán revisados por un funcionario del I.V.S.S., para verificar la autenticidad de los datos y proceder a aprobar dicha solicitud.

4. Una vez aprobada la solicitud, el sistema genera de forma automática las credenciales de acceso al sistema y las mismas se les hará llegar vía correo. A partir de ese momento usted podrá tener acceso al sistema.

Nota: Los requisitos a consignar ante la Oficina Administrativa son:

1. Cédula de Identidad del Representante Legal de la Empresa (Original y Copia)

2. Registro de Información Fiscal (RIF). (Original y Copia)

3. Registro Mercantil. (Original y Copia)

4. Recibo de pago de servicios públicos, donde se pueda comprobar la dirección fiscal suministrada. (Luz, Teléfono, otros)

5. En caso de existir una persona autorizada para realizar el trámite, se deben llevar los siguientes documentos adicionales: Poder Notariado. (Original y Copia), cédula de Identidad y RIF de la persona autorizada. (Original y Copia).

2.2.- Cuándo podrán registrarse las nuevas empresas en el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA?

Las empresas que aún no se han registrado en el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA pueden realizar el procedimiento ahora mismo.

2.3.- Cómo se debe proceder en los casos en que una empresa bajo la modalidad tradicional SIRA o SANE se registró en el Sistema TIUNA como empresa nueva?

En el caso de presentarse esta situación, es importante que no se realicen movimientos con este nuevo número patronal, proceder a dirigirse a la Oficina Administrativa de su jurisdicción con una carta explicativa destinada a la Dirección de Afiliación, a fin de eliminar el número patronal adicional.

Si usted realizó movimientos con este número patronal, debe realizar otra carta dirigida a la Dirección de Recaudación y Cobranzas para se realicen las verificaciones y rectificaciones de estos movimientos.
Nota: Además deberá anexar copia de la solicitud de Registro al Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA, junto con todos los soportes que se estimen necesarios para verificar la situación. (Ejemplo: Registro Mercantil, Poder Notariado).


3.- CREDENCIALES

3.1.- Recibió y activó credencial de acceso (usuario y contraseña), pero no se puede ingresar al Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA, ¿Qué debo hacer con la misma?

Para este tipo de reclamos se puede tomar en cuenta la opción ¿Olvido Contraseña?, y esperar un lapso de 24 a 72 horas para que sea reenviada a su correo electrónico.
Si persisten los inconvenientes, favor reenviar el correo (en el que se le envió sus credenciales de acceso) a la dirección de correo electrónico credenciales.tiuna@ivss.gov.ve , a fin de verificar la solicitud.

3.2.- No activo el usuario y se elimino el mensaje donde se recibió la credencial de acceso, ¿Qué debe hacer?

Le indicamos que la credencial se envía de forma periódica a los correos electrónicos de los empleadores, que aun no la haya confirmado.

3.3.-No ha recibido nueva credencial de acceso al Sistema de Gestión y Autoliquidación de empresas TIUNA ¿Qué debe hacer?

Se le sugiere revisar la cuenta de correo electrónico (que indico al momento de su Registro) bien sea a través de correos No Deseados o Spam; asegúrese de ACTIVAR sus credenciales a través del link de color azul que dice: "Haga click aquí" o copie y pegue la dirección URL (que se encuentra en el E-Mail donde le fue enviada su credencial de acceso) en la barra de direcciones de su navegador, presione ENTER y siga el procedimiento que allí se detalla.

3.4.- ¿Olvido su Contraseña?

Haga click en el link ¿Olvidó su contraseña? en la pantalla de inicio de sesión:

1. En pantalla debe colocar el código de verificación que trae el sistema, en el campo que se encuentra debajo de él.
2. Si el mismo no es visible por el usuario se le puede hacer un click en el icono "Siguiente" para que reanude un nuevo código de verificación.
3. Llenar el campo usuario con el dato correspondiente.
4. Hacer click en el botón Recuperar Clave, en donde informa que su cambio de contraseña fue procesada y envía un mensaje al correo electrónico indicando los pasos a realizar.
Nota: Al momento de visualizar el link solicitado, debe asegurarse de activarlo antes de las 12 a.m., ya que éste posee tiempo de expiración.


4.- ACTUALIZACIÓN DE CORREO ELECTRONICO

4.1.- El correo electrónico indicado para el momento del Registro en el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA ya no es el mismo ó la persona que lo manejaba ya no labora para la empresa, ¿Qué debe hacer?

Le indicamos que para realizar la actualización de correo electrónico, debe seguir el siguiente procedimiento:

1.Ingresar a la página www.ivss.gob.ve.
2.Seleccionar la opción "TIUNA" ubicada en el módulo de Sistemas en Línea. Este proceso lo llevará la página de inicio de sesión del Sistema Tiuna.
3.Seleccionar la opción "Actualización de Correo TIUNA", ubicado en la parte izquierda de la pantalla.
4.Aparecerá una pantalla donde le mostrará el módulo que permite la actualización del correo de la empresa que Ud. representa ante el I.V.S.S.; en la que deberá colocar la siguiente información:
a)Numero Patronal b)Cedula del Representante Legal c)Rif d)Correo Nuevo e)Confirmación de Correo.
5.Seleccionar la opción "Procesar". Aparecerá una pantalla confirmando el proceso realizado.

NOTA: Una vez realizado el proceso de actualización de correo electrónico, se hará efectiva dentro de las próximas 24 horas. Le sugerimos estar atento a su dirección de correo electrónico, así como revisar las carpetas de correos no deseados o spam.

4.2.- Cuáles son los correos electrónicos que el IVSS, que pone a disposición de los empleadores TIUNA?

El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales pone a su disposición los siguientes correos electrónicos:

incidencias.tiuna@ivss.gob.ve: En caso de presentar algún inconveniente con el Sistema de Gestión y Autoliquidación TIUNA.

ocupaciones.tiuna@ivss.gob.ve: Si existe alguna ocupación que no aparezca en la lista desplegable del Sistema de Gestión y Autoliquidación TIUNA.

cargaindividual.tiuna@ivss.gob.ve: En caso de tener alguna duda, inconveniente o planteamiento sobre el proceso de carga individual de ingresos, egreso, cambios de salario, carga de familiares y actualización de datos personales del trabajador.

consultas.tiuna@ivss.gob.ve: En caso de tener alguna duda, inconveniente o planteamiento sobre el servicio de consultas (Estado de Cuenta, Trabajadores Activos, Movimientos de Trabajadores y Familiares) que ofrece el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA.

Proyecto.tiuna@ivss.gob.ve: En caso de tener alguna dudas o inconvenientes, en cuanto al Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA.


5.- MOVIMIENTOS

5.1.- Ingresos:

5.1.1.- Empleados que se encuentran "Activos" para la empresa, aparecen con status "Cesante"

Si la empresa es TIUNA, deberá realizar el ingreso según la retroactividad establecida. (20 años si es pública y 10 años si es privada)
Si la empresa es Tradicional (SIRA), deberá dirigirse a la Oficina Administrativa más cercana a su jurisdicción.

5.1.2.- Proceso para realizar movimientos de Ingresos, Egresos y Cambio de Salario, que exceden la Retroactividad establecida para el Sistema TIUNA


En los casos en que los movimientos excedan la retroactividad establecida, deben ser tramitados por la Oficina Administrativa de su jurisdicción, consignando los documentos probatorios.
Nota: Los trámites ante las Oficinas Administrativas deben ser realizados por el representante legal de la empresa o en su defecto por la persona autorizada.

5.2.- Egresos:

5.2.1.- No aparece la causa de egreso en el listado que despliega el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA.

A través de www.ivss.gob.ve, deberá enviar un correo electrónico a: cegresos.tiuna@ivss.gob.ve, anexando la causa del egreso que no es reflejada en el listado, para ser evaluada por el área correspondiente.


6.- CARGA MASIVA

6.1.- Se puede combinar varios tipos de movimientos en un mismo archivo de Carga Masiva?

No, el proceso de carga masiva se debe realizar en un archivo de texto por cada tipo de movimiento para evitar que este genere errores, ya sea por:
Carga Masiva de Ingresos
Carga Masiva de Egresos
Carga Masiva por Cambios de Salarios

6.2.- Cuál es el número mínimo y máximo de registros que puedo ingresar en un archivo de Carga Masiva?

La cantidad mínima de registros es de 5, si necesita realizar una Carga Masiva con menos de esa cantidad, deberá realizarla por Carga Individual.
El máximo de movimientos es de 20.000, si necesita realizar movimientos superiores a esa cantidad deberá realizarlos en varios archivos.

6.3.- Si el archivo de Carga Masiva presenta problemas con la cantidad de registros incluidos. ¿Qué debo hacer?

Se le sugiere revisar detalladamente la estructura del archivo y leer los instructivos que se encuentran en la página, de presentar inconvenientes deberá enviar un correo electrónico a cargamasiva.tiuna@ivss.gob.ve, explicando el error presentado, para que sea evaluada la solicitud por el área correspondiente.
Nota: No se corrigen o modifican archivos, solo se atienden consultas.

6.4.- Cómo se realizan los procesos de Carga Masiva?

Se sugiere descargar y leer el Manual de Usuario e Instructivo de Carga Masiva del Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA, a fin de garantizar la efectividad del aplicativo.

6.5.- Cuál es la retroactividad para la carga de Movimientos en el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA?

Organismos Públicos, Empresas y Entes del Estado:

1. Carga Individual:

- Ingresos: 20 años
- Egresos: 5 años
- Cambio de Salario: 5 años

2. Carga Masiva:

- Ingreso: 20 años
- Egreso: 5 años
- Cambio de Salario: 5 años

Empresas Privadas:

1. Carga Individual:

- Ingresos: 10 años
- Egresos: 5 años
- Cambio de Salario: 5 años

2. Carga Masiva:

- Ingreso: 10 años
- Egreso: 5 años
- Cambio de Salario: 5 años


7.- CAMBIO DE SALARIO

7.1.-Cuál es el procedimiento para realizar cambios de salarios en el Sistema de Gestión y Autoliquidación de empresas TIUNA?

Una vez Identificado el trabajador, aparecerá la pantalla con el formulario para realizar el Cambio de Salario, en él se mostrarán los datos de identificación del trabajador y el salario actual, luego proceda a llenar los campos que se encuentran dentro de la forma:

Salario Nuevo Semanal (debe ser mayor al salario actual semanal).
Fecha de Cambio (corresponde a la fecha en que se esta realizando el cambio de salario semanal).

Nota: En caso de que un trabajador presente múltiples cambios de salarios a lo largo de su trayectoria laboral, considere realizar los cambios en forma cronológica. Tome en cuenta que el monto salarial esta expresado en bolívares fuertes. Sea muy cuidadoso con los datos que ingrese, además podrá realizar 5 cambios de salario simultáneamente para un trabajador.

7.2.- Si se llenan datos errados en movimientos registrados en el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA ¿Qué debe Hacer?

Debe dirigirse a la Oficina Administrativa de su jurisdicción con una carta explicativa, anexando en ésta el motivo del equívoco.
Requisitos a consignar:

Registro Mercantil
Registro de Información Fiscal (RIF)
Constancia de Solicitud del Registro
Poder Notariado y Cédula del Representante y/o Autorizado.
Dependiendo del tipo de movimiento realizado: Constancia de Ingreso/Egreso si es el caso, si es Cambio de Salario soporte donde se refleje el monto real devengado.
Nota: El Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA, no contempla reversos, modificaciones o correcciones en las operaciones realizadas en el, es necesario que el empleador revise los datos ingresados y que éstos correspondan a los movimientos reales de la empresa. Debe estar atento a las pantallas de validación de movimientos de carga individual y de carga masiva desplegadas por el sistema.


8.- MODIFICACION DE DATOS

8.1.- Cuál es el procedimiento para realizar modificaciones de datos del Empleador?

Las Actualizaciones que no se puedan realizar por el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA, deberán ser enviadas a la Oficina Administrativa de su jurisdicción con los documentos probatorios que apliquen según sea el caso.

Recaudos (Empleador Público):

1) Cédula de Identidad del Representante Legal de la Empresa. (Original y Copia).
2) Registro de Información Fiscal (RIF). (Original y Copia).
3) Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. (Original y Copia)
4) Recibo de pago de servicios públicos (Luz, Teléfono, otros) donde se pueda comprobar la dirección fiscal suministrada
5) Planilla de Actualización. (Original y Copia).

Recaudos (Empleador Privado)

1) Cédula de Identidad del Representante Legal de la Empresa. (Original y Copia)
2) Registro de Información Fiscal (RIF). (Original y Copia).
3) Registro Mercantil. (Original y Copia).
4) Recibo de pago de servicios públicos, donde se pueda comprobar la dirección comercial suministrada. (Luz, Teléfono, otros).
5) Planilla de Actualización. (Original y Copia).
6) En caso de existir una persona autorizada para realizar el trámite, se deben consignar los siguientes documentos adicionales: Poder Notariado. (Original y Copia).
Cédula de Identidad y RIF de la persona autorizada. (Original y Copia).


9.- CONSTANCIAS

9.1.- Si el sistema no genera la impresión de constancia de ingreso, egresos del asegurado, que debe hacer?

Para imprimir las constancias, el empleador deberá acceder:

1. A MODULO DE CONSULTAS
2. Luego MOVIMIENTOS, aquí TIPO DE MOVIMIENTO y rango de fechas a consultar, le mostrara el listado de trabajadores, finalmente haga click en el icono que dice VER (esta resaltado en color azul), el sistema le mostrara la Constancia y tendrá la opción de imprimirla. (Asegúrese que el movimiento indique que esta procesado).

Nota: Las Constancias al ser emitidas por el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA no deben ser presentadas o validadas por ante las Oficinas Administrativas, solo imprímala y entréguela al trabajador.

9.2.- Mecanismos para la verificación de información de las constancias emitidas?


Para la verificación de Constancias, usted deberá ingresar:

Ingresar a la página www.ivss.gob.ve.
Luego debe hacer clic en la opción del Sistema de Gestión y autoliquidación de Empresas Tiuna.
Seleccionar la opción de VERIFICACION DE CONSTANCIAS.
Debe colocar el numero de cedula del asegurado, luego el numero de confirmación, que se encuentra en la parte inferior de la constancia, y finalmente BUSCAR.

9.3.- El proceso Carga de Familiares genera alguna constancia?

Si, este proceso permite la generación e impresión de una constancia con los familiares calificados al I.V.S.S. del trabajador, luego de realizar la Carga de Familiar, en la parte inferior aparecen los datos de la carga familiar indicando que ya esta procesado, y a su vez aparece el link de acceso "Generar Constancia de Familiar a Asegurado".


10.- ORDEN DE PAGO

10.1.- Proceso para realizar la cancelación de las obligaciones correspondiente ante el Instituto Venezolano de Seguros sociales?

Usted podrá visualizar y descargar sus ordenes de pago a través de la pagina Web www.ivss.gob.ve , en el icono de ORDEN DE PAGO, y realizar la cancelación de acuerdo lo establecido en el Estado de Cuenta.

10.2.- Para los siguientes reclamos por facturación, debe comunicarse al Centro de Atención Telefónica TIUNA 0-800-seguro-1:

a) Intereses generados en órdenes de pagos sin especificación.
b) Débitos cargados en órdenes de pagos sin especificaciones.
c) Montos elevados en órdenes de pago sin realizar movimientos de ingresos.
d) Montos inferiores de orden pago mensual sin movimiento de egresos.
e) Montos de facturas por debajo del promedio mensual a cancelar.
f) No muestra orden de pago Solicitar Nº patronal, mes/periodo de la orden de pago para cada uno de los casos que se mencionan.

10.3.- Cuál es la tasa que aplica el IVSS para el cálculo de los intereses de Mora?

A partir de la facturación de Octubre de 2009, se normalizo la aplicación de los intereses moratorios que deben reflejarse en las órdenes de pagos, de acuerdo a lo establecido en el Artículo º63 de Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Seguro Social.
La empleadora o el empleador que no entere las cotizaciones u otras cantidades por cualquier concepto que adeuda al IVSS, en el tiempo previsto y con las formalidades exigidas en esta Ley y su Reglamento, esta obligado a pagar intereses de mora, que se calcularán con base en la tasa activa promedio establecida por el Banco Central de Venezuela vigente para el momento del incumplimiento.

10.4.- Cuál es el proceso que se realiza para el cálculo de los intereses de Mora?

La Dirección General de Recaudación y Cobranzas, calcula el mes vencido de acuerdo a la tasa activa emitida por el Banco Central de Venezuela (BCV), dividiéndola entre los 12 meses del año para obtener el porcentaje de la tasa mensual a aplicar.


11.- SEGURIDAD

11.1.- Cantidad de usuarios que se pueden crear para el Sistema de Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA.

El Sistema está en capacidad de generar todos los usuarios que el empleador necesite, no obstante, se recomienda por ahora generar un máximo de 3 a 5 usuarios.


12.- SOLVENCIA

12.1.- Cómo se genera la solvencia en línea?

No se genera solvencia en línea, esta solicitud se está realizando a través de la Oficina Administrativa, previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la Dirección de Recaudación y cobranzas.


13.- INDEMNIZACIONES.

13.1.- Procedimientos para los casos de Invalidez Parcial?

Estos se deberán tramitar a través de las Oficinas Administrativas de acuerdo al siguiente procedimiento:

Llenar la Solicitud de Prestaciones en Dinero (F: 14-04) en original y dos copias.
Solicitar a las empresas o patronos(as) donde ha trabajado, la elaboración de la Constancia de Trabajo para el IVSS (F: 14-100), en original una copia, o en su defecto Tarjetas de Servicio, Liquidación de Prestaciones, Declaración de empresa desaparecida o cualquier documento que pruebe la relación laboral del solicitante.
Solicitar al médico tratante, el cual tiene que ser especialista en discapacidad, el llenado de la Solicitud de Evaluación de Discapacidad (F: 14-08), en original y dos copias.
De acuerdo al diagnóstico de la discapacidad, deberá presentar:

1.Enfermedad Profesional: solicitud de Evaluación de Discapacidad (F:14-08) certificada por Medicina del Trabajo o Médico Industrial.
2.Accidentes de Trabajo: declaración de Accidente Y certificado por INPSASEL y Ficha Individual de Accidente (F: 15-342).
3. Accidente Común: declaración escrita del Solicitante o Declaración de Accidente (F: 14-123).
Anexar los formularios, las Fotocopias legibles de la Cédula de Identidad laminada, los Informes y Exámenes Médicos

13.2.- Procedimiento para la tramitación de las indemnizaciones diarias (Reposos).

Los asegurados deben dirigirse a la Unidad de Prestaciones del Centro Asistencial más cercano de su jurisdicción, ente encargo de recibir, verificar y tramitar las solicitudes para el pago por concepto de indemnizaciones diarias y consignar:

Comprobante de Consignación de Datos (F: 14-52)
Certificado de Incapacidad (F: 14-73)
Cuenta Individual
Registro de Ingreso (F:14-02) ó Constancia si el ingreso fue por el Sistema de Gestión y Autoliquidación de Empresas TIUNA
Finalmente recibirá el Comprobante de Trámite de Pago (F: 14-147) en original el cual deberá ser presentarlo por el asegurado al momento de la cancelación.

13.3.- Cuáles son las condiciones o requisitos para la tramitación y pago de las indemnizaciones diarias (Reposos)?

Las prestaciones en dinero generadas por indemnizaciones diarias, se cancelarán a través de dos sistemas:

Pago de prestación a través de factura: Consiste en acreditar al patrono en la factura del Seguro Social el monto de las indemnizaciones diarias, correspondiente a los trabajadores(as) asegurados(as) en período de reposo, en este caso el empleador previamente debió haber suscrito al sistema de pago de prestaciones a través de la factura.

Pago de prestación directa al beneficiario(a): Consiste en la cancelación del monto de las indemnizaciones diarias directamente al asegurado(a) a través de la red bancaria.

Condiciones:

Generan prestaciones en dinero, únicamente los períodos de reposo con una duración superior a tres (3) días La indemnización diaria se causa a partir desde el cuarto (4º) día de la incapacidad.
La duración y atribución de las indemnizaciones diarias no podrán exceder de cincuenta y dos (52) semanas para un mismo caso (Art. 9º L.S.S.).
Los reposos médicos indicados por facultativos que no estén al servicio del Instituto, deberán ser conformados por un médico de la especialidad antes de cumplirse tres (3) días hábiles de su emisión, previa aprobación del Director(a) del Centro Asistencial.
El (la) asegurado(a) tendrá derecho a una indemnización diaria equivalente a los dos tercios (2/3) del promedio diario de su salario, la cual se pagará por período vencidos. (Art. 141º R.G.L.S.S.)
Para solicitar el pago de prestaciones en dinero es obligatorio presentar el Certificado de Incapacidad emitido por un facultativo del IVSS (único documento válido).
Los reposos médicos indicados por el Servicio de Emergencia de los Hospitales, no podrán ser superiores a tres (3) días.
Los reposos médicos indicados por el Servicio de Medicina General de los Hospitales y/o Ambulatorios, tendrán una duración máxima de siete (7) días.
Los asegurados(as) en períodos de reposo médico que requieran hospitalización o sean referidos a consultas especializadas, tendrán períodos de reposo hasta la fecha de hospitalización o de consulta con el Médico(a) Especialista al cual fue referido.